El número de personas privadas de libertad en <a href=Uruguay que desean cursas una carrera universitaria aumenta a cada año. Así lo señaló el Pro Rector de la Comisión Sectorial de Enseñanza de la UDELAR, Dr. Juan Cristina, al Semanario Búsqueda, indicando que en el 2016 apenas cuatro personas se encontraban registradas para cursar alguna de las carreras de la Universidad de la República (UDELAR), mientras que en el 2017 aumentaron a 45, y en el 2018 hubo un centenar de preinscripciones. Este año la cifra de aspirantes a cursar estudios universitarios alcanzó las 200 personas. Las carreras sociales y humanísticas son las más demandadas por las personas privadas de libertad. Psicología, Derecho, Ciencias Sociales y Ciencias Económicas están entre las opciones más requeridas por las personas reclusas. La Universidad toma más de 60 exámenes por semestre en las cárceles. En términos porcentuales, las mujeres privadas de libertad son quienes más se apuntan a estudiar carreras terciarias - un 15% del total de personas reclusas inscriptas en la UDELAR-, y representan un 4% de la población carcelaria. Entre las dificultades y desafíos presentes para la población carcelaria, se encuentran: un panorama no homogéneo entre las diferentes facultades respecto de la educación en cárceles (modalidad de enseñanza, diversidad de criterios, trámites administrativos, documentación requerida, etc.), así como las dificultades que enfrentan las personas privadas de libertad en la obtención de autorización para salidas transitorias por estudio. Para superar algunas de estas dificultades, se ha previsto la elaboración de un protocolo de actuación entre la UDELAR y el Instituto Nacional de Rehabilitación del Ministerio del Interior con miras a homogeneizar criterios y otorgar mejores condiciones y acceso a la educación terciaria por parte de la población privada de libertad. Por su parte, los primeros días del pasado mes de abril se ha firmado un convenio entre la UDELAR y el Centro Ceibal, por el cual se donaron “60 laptops que serán utilizadas por estudiantes universitarios privados de libertad en distintas unidades de reclusión”. La iniciativa surgió de la falta de condiciones para acceder a materiales de estudio, lo que dotará de una nueva herramienta a estudiantes para contribuir al avance de sus estudios.
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Con informaciones de UDELAR, BUSQUEDA y SUBRAYADO">
Este año, la cifra de personas privadas de libertad que aspiran cursar estudios universitarios alcanzó a 200 en el país

Uruguay: Aumenta el número de personas privadas de libertad que aspiran cursar carreras universitarias

26 de mayo de 2019

El número de personas privadas de libertad en Uruguay que desean cursas una carrera universitaria aumenta a cada año. Así lo señaló el Pro Rector de la Comisión Sectorial de Enseñanza de la UDELAR, Dr. Juan Cristina, al Semanario Búsqueda, indicando que en el 2016 apenas cuatro personas se encontraban registradas para cursar alguna de las carreras de la Universidad de la República (UDELAR), mientras que en el 2017 aumentaron a 45, y en el 2018 hubo un centenar de preinscripciones. Este año la cifra de aspirantes a cursar estudios universitarios alcanzó las 200 personas. (más…)


Kaldari

Uruguay: Estudiantes de secundaria plantean la existencia de baños género-neutrales en los liceos

28 de marzo de 2019

Estudiantes de secundaria del Liceo nº 63 de Montevideo, Uruguay, se manifiestan para defender la existencia de baños género-neutrales “para todas las identidades, corporacidades y sexualidades” en su centro educativo. (más…)


<i><span style=Dos mujeres negras y que son referencia en la lucha por igualdad racial y de género en América Latina y el Caribe analizan la relación entre estos temas y la educación, y su importancia para la garantía de una educación emancipadora Estamos en un mes importante para la lucha por el derecho a la educación de todas las personas, en condiciones de igualdad. El 8 de marzo se celebró el Día Internacional de la Mujer y hoy (21) es el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial. Para la Campaña Latinoamericana por el Derecho a la Educación (CLADE), es fundamental abordar y garantizar la igualdad de género y de raza en la educación. Asimismo, es clave asegurar el respeto y realización de los derechos de afrodescendientes y de niñas y mujeres en los espacios educativos para que todas y todos tengan acceso a una educación transformadora y para la libertad.   Recordando estas importantes fechas, y con miras a fortalecer la lucha por una educación emancipadora y garante de derechos en nuestra región, rescatamos y compartimos dos entrevistas realizadas en distintos momentos de la trayectoria de la CLADE, con dos mujeres negras, latinoamericanas, feministas y activistas por la igualdad de género y de raza: Nilma Lino Gomes, de Brasil, y Vicenta Camusso, de Uruguay.

Nilma Lino Gomes: “Detrás de esta idea de ideología de género hay una gran persecución a los temas de la diversidad sexual”

[caption id="attachment_9899" align="alignright" width="400"] Foto: NH[/caption] “Una escuela emancipadora es una escuela donde los estudiantes se emancipan, o sea, de la cual salen mucho mejor de lo que entraron en términos de conocimiento de la vida y del mundo. También es donde aprenden a relacionarse y a respetar la diferencia y pueden hacer conexiones entre el conocimiento escolar y la vida social, incluso formando subjetividades más críticas, que se pongan en contra de cualquier forma de discriminación”. Desde la perspectiva de la defensa de una educación emancipadora, Nilma Lino Gomes, pedagoga brasileña, decana de la Universidad de Integración del Habla Portuguesa Afrobrasileña (UNILAB) y ex ministra del Ministerio de la Mujer, la Igualdad Racial y los Derechos Humanos durante el gobierno de Dilma Rousseff, analiza cuestiones de género y raza en la educación y los movimientos conservadores como “Escuela sin Partido” en Brasil. Para ella, los temas racismo, feminismo, machismo, LGBTfobia y muchos otros que hoy se abordan en algunas escuelas son cuestiones ya planteadas por una dinámica propia de la sociedad y por los movimientos sociales que luchan por la realización de los derechos. “La sociedad brasileña hoy ya discute estos temas, pero todavía le falta actuar de forma no discriminatoria. Aún nos falta en la relación pedagógica, en la relación profesor-alumno, en la relación entre las personas, que pongamos en práctica lo que ya ocurre tanto en el texto legal, como en las discusiones teóricas y políticas. Este paso hacia una práctica no discriminatoria no se ha dado aún en Brasil”, dice. >> Lee la entrevista completa con Nilma Lino Gomes

Vicenta Camusso: “La formación docente es un elemento clave para superar la discriminación racial”

[caption id="attachment_9896" align="alignright" width="400"] Foto: Marcelo Camargo/Agência Brasil[/caption] La importancia de que la discusión sobre género y la superación de las diferentes formas de discriminación estén presentes en las escuelas es el tema de una entrevista con Vicenta Camusso, coordinadora de la región Cono Sur de la Red de Mujeres Afrolatinoamericanas, Afrocaribeñas y de la Diáspora. Para ella, un gran desafío en la región es cambiar la formación docente, pues los aspectos vinculados al racismo y sus efectos sociales, psicológicos y económicos en la vida de las personas hoy no están tan incorporados a los procesos de formación del magisterio. “La pobreza, la marginalidad y la exclusión en los propios centros de educación son formas de violencia. En términos de políticas públicas, pienso que el reto es tener miradas más integrales sobre este tema y que se implementen sanciones cuando las políticas para esta población no se cumplan. Tenemos las legislaciones sobre la discriminación racial y de promoción de igualdad, pero algunas situaciones persisten porque no hay sanciones”, dice. >> Lee la entrevista completa con Vicenta Camusso ------- Lea + Iniciativa "Educar para la Libertad: diálogos y acción por una educación emancipadora -------">
Dos mujeres negras y que son referencia en la lucha por igualdad racial y de género en América Latina y el Caribe analizan la relación entre estos temas y la educación, y su importancia para la garantía de una educación emancipadora

Día de la Eliminación de la Discriminación Racial: dialogamos con dos defensoras de la igualdad racial y de género

21 de marzo de 2019

Dos mujeres negras y que son referencia en la lucha por igualdad racial y de género en América Latina y el Caribe analizan la relación entre estos temas y la educación, y su importancia para la garantía de una educación emancipadora (más…)


Foto: Antônio Cruz/Agência Brasil

G20 y educación: la lucha de la sociedad civil por recursos adecuados para ese derecho

7 de febrero de 2019

Activistas de la CLADE y la Campaña Mundial por la Educación impulsaron acciones de incidencia, movilización y comunicación en el contexto del G20, y lograron que las mayores economías del mundo reconocieran la educación como un derecho humano esencial para promover el desarrollo con inclusión, prosperidad y paz (más…)


Pikul Noorod / Shutterstock.com

La violencia y el acoso escolares son un problema mundial, según un nuevo informe de la UNESCO

25 de enero de 2019

El informe confirma que la violencia y el acoso escolares son problemas importantes en todo el mundo. Demuestra que, a pesar de la gravedad del problema, algunos países han hecho progresos significativos para reducir o contener el flagelo (más…)


<em>Esta </em><a href=ley, publicada el pasado 7 de noviembre, tiene como objeto “asegurar el derecho de las personas trans a una vida libre de discriminación y estigmatización, para lo cual se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, promoción y reparación” La ley reconoce que las personas trans han sido históricamente víctimas de discriminación y estigmatización por su condición de tales y reconoce el derecho a la identidad de género, estableciendo que toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad conforme a su propia identidad de género, con independencia de su sexo biológico, genético, anatómico, morfológico, hormonal, de asignación u otro. Agrega que este derecho incluye el de ser identificado de forma que se reconozca plenamente la identidad de género propia y la consonancia entre esta identidad y el nombre y sexo señalado en los documentos identificatorios de la persona (artículo 1). Define qué se entiende por identidad de género, expresión de género y por persona trans, y mandata a incorporar la variable “identidad de género” en todos los sistemas oficiales de información estadística, incluidos los censos, las encuestas continuas de hogares, los informes de la Oficina Nacional del Servicio Civil y todas las mediciones públicas que releven la variable “sexo”. En cuanto al ámbito educativo, cabe destacar que la ley establece la obligación de asegurar la inclusión educativa de las personas trans (artículo 15) y determina una serie de responsabilidades para las Instituciones y Organismos Educativos, los que deberán: (i) asegurar que las personas trans no sean excluidas del sistema educativo nacional por razones de identidad de género; (ii) prestar apoyo psicológico, pedagógico, social y económico, en su caso conforme a la reglamentación respectiva, a las personas trans, con el fin de concretar efectivamente su desarrollo académico y social; (iii) incorporar a personas trans en sus programas para culminar estudios a nivel de educación primaria, educación media básica y media superior así como terciaria, facilitándoles el acceso a los cupos disponibles y becas que se otorguen en los casos pertinentes. Por su parte, la ley mandata a los órganos, organismos e instituciones que asignen becas y apoyos estudiantiles a nivel nacional y departamental, cualquiera sea su fuente de financiamiento, previendo cupos del 2% (dos por ciento) para personas trans. Acceda al texto completo de la Ley N° 19684 aquí.">
Esta ley, publicada el pasado 7 de noviembre, tiene como objeto “asegurar el derecho de las personas trans a una vida libre de discriminación y estigmatización, para lo cual se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, promoción y reparación”

Uruguay aprueba Ley Integral para Personas Trans

22 de noviembre de 2018

Esta ley, publicada el pasado 7 de noviembre, tiene como objeto “asegurar el derecho de las personas trans a una vida libre de discriminación y estigmatización, para lo cual se establecen mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección, promoción y reparación” (más…)


<em>Con la aprobación de un nuevo marco normativo se reconoce la capacidad jurídica plena de las personas con discapacidad y se avanza hacia la igualdad</em><span id= La normativa, aprobada el pasado mes de setiembre, incorpora varias modificaciones al Código Civil y establece que toda persona tiene capacidad jurídica para el goce y ejercicio de sus derechos, incluyendo a texto expreso “a todas las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás y en todos los aspectos de la vida, independientemente de si usan o requieren de ajustes razonables o apoyos para la manifestación de su voluntad”. Entre otras disposiciones, se destaca la incorporación de la figura y definición de apoyos y salvaguardias, previéndose que toda persona con discapacidad que requiera ajustes razonables y apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica puede solicitarlos o designarlos de acuerdo con su libre elección. A su vez, este marco normativo se ve fortalecido por la aprobación más recientemente del Decreto Legislativo Nº 1417 que tiene por objeto establecer disposiciones para promover y fortalecer la inclusión de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad, a través de medidas específicas que garanticen el ejercicio de sus derechos fundamentales. La normativa estable que la persona con discapacidad tiene derecho a ajustes razonables en el proceso de selección de recursos humanos y en el lugar de trabajo (comprendiendo la adecuación de las metodologías, procedimientos, instrumentos de evaluación y métodos de entrevista, la adaptación de las herramientas de trabajo, las maquinarias y el entorno de trabajo, incluyendo la provisión de ayudas técnicas y servicios de apoyo; así como la introducción de ajustes en la organización del trabajo y los horarios, en función de las necesidades del trabajador con discapacidad); prevé la gratuidad del proceso de evaluación, calificación y certificación de la persona con discapacidad; así como el derecho a licencia de las personas con familiares en situación de discapacidad. Con estos avances, que determinan una ampliación de los derechos y la autonomía de las personas con discapacidad, el país se aproxima más a los estándares y obligaciones internacionales de derechos humanos, en particular al cumplimiento de lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. En relación a los mismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado “reconocer que las personas con discapacidad poseen capacidad jurídica plena es reconocer que son sujetos de derechos en igualdad de condiciones a las personas sin discapacidad y que poseen la facultad de elegir sobre su proyecto de vida. Con esta modificación las personas con discapacidad podrán decidir sobre aspectos fundamentales de su vida tales como si someterse o no tratamientos médicos, casarse o tener hijos; facultad que antes de las modificaciones al Código Civil se veía restringida con la figura de la interdicción y la designación de un curador” Acceda aquí al texto completo del DECRETO LEGISLATIVO QUE RECONOCE Y REGULA LA CAPACIDAD JURÍDICA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN IGUALDAD DE CONDICIONES (Decreto Legislativo Nº 1384). Información relacionada: Gobierno avanza en la inclusión de las personas con discapacidad">
Con la aprobación de un nuevo marco normativo se reconoce la capacidad jurídica plena de las personas con discapacidad y se avanza hacia la igualdad

Perú: Avances en el campo de los derechos de las personas con discapacidad

6 de noviembre de 2018

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<em>Se define como una de las prioridades de los Estados la garantía de una educación de calidad, equitativa e inclusiva</em> <!--more-->

El 5 de septiembre de 2018 tuvo lugar en Mendoza, Argentina, la Reunión Ministerial de Educación del G20. En la <a href=declaración final del encuentro, las autoridades presentes reafirmaron el compromiso de sus Estados con el cumplimiento de la Agenda de Educación 2030 y la garantía de una educación de calidad, equitativa e inclusiva. La declaración subraya que las políticas hacia la igualdad de género en la educación son fundamentales para el cumplimento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), y que se debe dotar a las y los docentes de conocimiento, habilidades, valores y actitudes libres de los estereotipos de género para que todas y todos se desarrollen hasta alcanzar su máximo potencial. Además, señala que la implementación de estas políticas requiere un financiamiento adecuado. “Reconocemos que es de vital importancia que se proporcionen niveles suficientes de inversión nacional e internacional en educación en aras de lograr educación inclusiva, equitativa y de calidad, así como oportunidades de aprendizaje permanente para todas y todos”, afirma la declaración. El documento también destaca el rol fundamental de las y los docentes, y la necesidad de garantizar valorización y formación adecuada para estos profesionales. Asimismo, subraya que el acceso a la educación de calidad es un derecho humano y la base para la conquista de otros derechos, afirmando que “el poder transformador y la naturaleza transversal de la educación la convierten en una herramienta esencial para abordar nuestros desafíos globales y contribuir a la búsqueda de diálogo, consenso, cooperación, colaboración, y metas de políticas, objetivos coordinados y respuestas del G20”. En el marco de la Reunión Ministerial, la CLADE, en alianza con sus miembros en los países de América Latina y el Caribe que forman parte en el G20 - Campaña Argentina por el Derecho a la Educación (CADE), Campaña Nacional por el Derecho a la Educación de Brasil y Consejo de Educación Popular de América Latina y el Caribe (CEAAL) en México, entregaron un documento a las autoridades presentes en el encuentro. En ese documento, expresan sus preocupaciones ante los desafíos para el financiamiento educativo en la región e instan los gobiernos que integran el G20 para que asuman un compromiso con la justicia tributaria; garanticen recursos adecuados para el derecho a la educación y el fortalecimiento de los sistemas educativos públicos y gratuitos; y ejecuten planes y presupuestos educativos sensibles a la inclusión, la equidad, la igualdad de género y la garantía del acceso y la permanencia escolar para todas las personas. A pesar de recoger gran parte de estas demandas, la declaración ministerial no profundiza en algunos de los planteamientos de la sociedad civil, por ejemplo, el compromiso de los Estados con el financiamiento adecuado de sistemas públicos gratuitos, y la justicia tributaria como forma de asegurar los presupuestos públicos nacionales sostenibles como principal fuente de recursos para la educación. Otras partes de la declaración, a su vez, generan preocupación porque defienden la gestión educativa “por resultados”, lo que podría abrir camino para la focalización de inversiones en políticas educativas “eficientes”, según los recursos que estén “disponibles”, en detrimento de parámetros para un financiamiento educativo con calidad para todas las personas, que pongan a los derechos por encima de los resultados y se desarrollen en diálogo con la sociedad civil. La CLADE y sus miembros seguirán impulsando acciones de incidencia para que se incluyan compromisos con el financiamiento educativo, la gratuidad educativa, la realización del derecho humano a la educación y la Agenda de Educación 2030 en la declaración final del G20, que se adoptará en el marco de la Cumbre de Líderes, a realizarse los días 30 de noviembre y 1º de diciembre de 2018 en Buenos Aires, Argentina. Lea la Declaración de Ministros de Educación del G20 aquí.">
Se define como una de las prioridades de los Estados la garantía de una educación de calidad, equitativa e inclusiva

Declaración de Ministros de Educación del G20 reafirma compromiso con la realización de la Agenda de Educación 2030

19 de octubre de 2018

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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de México determinó, en su sesión de hoy, que, de acuerdo con el derecho fundamental a la educación inclusiva, todos los niños, niñas y adolescentes con discapacidad pertenecen y deben integrarse al sistema educativo “general u ordinario”–sin reglas ni excepciones–, por lo que cualquier exclusión con base en esa condición resultará discriminatoria y, por ende, inconstitucional.<span id= Al resolver el amparo en revisión 714/2017, los Ministros se pronunciaron respecto a la constitucionalidad de los artículos 33, fracción IV bis y 41, de la Ley General de Educación, así como el artículo 10, fracciones IX y X de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, que se refieren a la denominada “educación especial”, y sostuvieron que en el Estado mexicano no se puede concebir la existencia de dos sistemas educativos: uno regular, para todos los alumnos, y otro especial, para las personas con discapacidad. Más bien debe entenderse que existe un sistema educativo regular que es complementado con “herramientas de apoyo para lograr la inclusión en el sistema educativo regular” –y no propiamente un sistema de educación especial–, que han sido creadas por el legislador, precisamente, para identificar, prevenir y eliminar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la sociedad de las personas con discapacidad. Por ello, resolvieron, que las políticas y los recursos encaminados a formular prácticas genuinamente inclusivas deben primar sobre aquellas prácticas que tiendan a la separación, sea temporal o definitiva, de los educandos, atendiendo, entre otras consideraciones, a la discapacidad; para lo cual, progresivamente y hasta el máximo de los recursos posibles, se deberán tomar ajustes razonables, como lo son, entre otros, capacitar a profesores, adaptar las aulas a diferentes necesidades de los educandos y elaborar un plan de estudio que tome en cuenta las diferencias de los alumnos. Consideraron que la escuela ordinaria con orientación inclusiva es la medida más eficaz para combatir las actitudes discriminatorias, crear comunidades de acogida, construir una sociedad integradora y lograr la educación para todos, ya que los niños que se educan con sus pares tienen más probabilidades de convertirse en miembros productivos de la sociedad y de estar incluidos en su comunidad. En consecuencia, se declaró inconstitucional la disposición legal que propicia la coexistencia de dos sistemas educativos, uno regular –para todos los alumnos- y otro especial –para las personas con discapacidad-. Finalmente, la Sala destacó que si bien es optativo para el alumno emplear las herramientas de apoyo para lograr la inclusión en el sistema educativo regular –como lo son los Centros de Atención Múltiple (CAM) y Unidades de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER)–, lo cierto es que esa opcionalidad en forma alguna podrá ser pretextada para excluir a los alumnos con discapacidad del sistema educativo regular. Fuente: Suprema Corte de Justicia de México">

México: La exclusión de estudiantes con discapacidad del sistema educativo general es discriminatoria y, por tanto, inconstitucional

3 de octubre de 2018

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de México determinó, en su sesión de hoy, que, de acuerdo con el derecho fundamental a la educación inclusiva, todos los niños, niñas y adolescentes con discapacidad pertenecen y deben integrarse al sistema educativo “general u ordinario”–sin reglas ni excepciones–, por lo que cualquier exclusión con base en esa condición resultará discriminatoria y, por ende, inconstitucional.

Al resolver el amparo en revisión 714/2017, los Ministros se pronunciaron respecto a la constitucionalidad de los artículos 33, fracción IV bis y 41, de la Ley General de Educación, así como el artículo 10, fracciones IX y X de la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista, que se refieren a la denominada “educación especial”, y sostuvieron que en el Estado mexicano no se puede concebir la existencia de dos sistemas educativos: uno regular, para todos los alumnos, y otro especial, para las personas con discapacidad.

Más bien debe entenderse que existe un sistema educativo regular que es complementado con “herramientas de apoyo para lograr la inclusión en el sistema educativo regular” –y no propiamente un sistema de educación especial–, que han sido creadas por el legislador, precisamente, para identificar, prevenir y eliminar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva en la sociedad de las personas con discapacidad.

Por ello, resolvieron, que las políticas y los recursos encaminados a formular prácticas genuinamente inclusivas deben primar sobre aquellas prácticas que tiendan a la separación, sea temporal o definitiva, de los educandos, atendiendo, entre otras consideraciones, a la discapacidad; para lo cual, progresivamente y hasta el máximo de los recursos posibles, se deberán tomar ajustes razonables, como lo son, entre otros, capacitar a profesores, adaptar las aulas a diferentes necesidades de los educandos y elaborar un plan de estudio que tome en cuenta las diferencias de los alumnos.

Consideraron que la escuela ordinaria con orientación inclusiva es la medida más eficaz para combatir las actitudes discriminatorias, crear comunidades de acogida, construir una sociedad integradora y lograr la educación para todos, ya que los niños que se educan con sus pares tienen más probabilidades de convertirse en miembros productivos de la sociedad y de estar incluidos en su comunidad.

En consecuencia, se declaró inconstitucional la disposición legal que propicia la coexistencia de dos sistemas educativos, uno regular –para todos los alumnos- y otro especial –para las personas con discapacidad-.

Finalmente, la Sala destacó que si bien es optativo para el alumno emplear las herramientas de apoyo para lograr la inclusión en el sistema educativo regular –como lo son los Centros de Atención Múltiple (CAM) y Unidades de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER)–, lo cierto es que esa opcionalidad en forma alguna podrá ser pretextada para excluir a los alumnos con discapacidad del sistema educativo regular.

Fuente: Suprema Corte de Justicia de México


6 adolescentes, 3 niños y 3 niñas, celebrando
Miantos

Ecuador: Corte reconoce derechos sexuales y reproductivos de jóvenes

20 de agosto de 2018

La Corte afirma que “dada la trascendencia de estos derechos, se debe poner especial énfasis en dotar a los y las adolescentes, como sujetos especiales de protección, de instrumentos normativos, científicos, educativos, de salud, informativos, que tengan por objeto la construcción de un criterio libre y responsable sobre cómo ejercer su sexualidad y controlar su capacidad reproductiva. Permitiéndoles vivir una adolescencia plena y feliz y garantizando su salud sexual y reproductiva”. (más…)