Ante esta denuncia, la Corte Constitucional de Colombia determinó que las escuelas del país garanticen el respeto a la orientación sexual y a la identidad de género
La sentencia T-478 de 2015, establecida el último 3 de agosto, consideró que hay un déficit de protección en el sistema educativo para los y las estudiantes ante el acoso escolar y, por ende, ordenó al gobierno colombiano revisar en el plazo de un año todos los manuales de convivencia de las escuelas de manera a garantizar que se respeten la orientación sexual e identidad de género en estos espacios.
Asimismo, se ordenó al Ministerio de Educación el cumplimiento de la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, y del Decreto 1965 de 2015, por intermedio de las siguientes acciones: comprobar la constitución de un Comité Nacional de Convivencia Escolar, establecer una Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar de estudiantes que sufren acoso escolar, comprobar que todos los colegios tengan comités escolares de convivencia, entre otras medidas.
Esta sentencia tuvo origen en una acción de tutela interpuesta por la madre de Sergio, Alba Reyes, con la asesoría de la ONG Colombia Diversa. La Corte concluyó que el adolescente fue víctima del acoso por parte de la institución educativa, que no construyó un espacio de tolerancia y de respeto a la diferencia para la plena realización del derecho a la educación. “El Colegio Gimnasio Castillo Campestre violó los derechos fundamentales de Alba Lucía Reyes Arenas y su hijo Sergio Urrego al debido proceso, al buen nombre y a la igualdad, al adelantar un proceso disciplinario por el supuesto incumplimiento del Manual de Convivencia en atención a las manifestaciones de amor del joven con otro compañero de curso, que presentó diversas irregularidades en su ejecución, lesionando el libre desarrollo de la personalidad y el buen nombre y la intimidad del hijo de la peticionaria.”
Se ordenó también la realización de un acto público de desagravio en dicho colegio con la presencia de la comunidad educativa y del Ministerio de Educación, con el fin de otorgar a Sergio el grado póstumo, una placa conmemorativa y el reconocimiento de la responsabilidad por la discriminación.
La organización Colombia Diversa que, acompaña la temática en el país, destaca otros casos de discriminación por diversidad sexual en el país que han violado el derecho a la educación. Según la organización, “semanas después de la Sentencia de Sergio Urrego, la Corte Constitucional falló a favor de Absalón Segundo Mosquera, un estudiante que fue víctima de actos de racismo y discriminación por orientación sexual e identidad de género por parte de las autoridades educativas de la Corporación Universitaria Remington.”
Vea aquí el cuadro producido por Colombia Diversa con los destaques de la sentencia judicial: