Desde la aprobación de un nuevo currículo nacional que tiene la equidad de género como uno de sus principios y metas, el Ministerio de Educación peruano ha sido cuestionado por grupos conservadores que han llegado hasta demandar al Ministerio reclamando la abolición del plan de estudios y detener su implementación.
Por Madeleine Zúñiga*
Argumentan que el término “género” y su inclusión en el currículo no fueron consultados a madres, padres y escuelas privadas y el 16 de febrero de 2017 pidieron a la Corte abrir un proceso de acción popular constitucional para detener la implementación del currículo y eliminar la palabra “género” de él. Paralelamente a esta demanda, se inició una campaña nacional fuerte con el lema “No te metas con mis hijos” en diferentes medios de comunicación, así como visitas a las escuelas estatales en los distritos populares. Ellos reclaman su derecho a decidir lo que sus hijas e hijos deben aprender y dónde.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en defensa del Ministerio de Educación, ha rechazado todos los cargos con fundamentos legales y ha pedido a la Corte que declare el proceso improcedente o infundado. Sin embargo, la Corte ha aceptado la demanda y pronto deberá emitir una resolución sobre ella.
El nuevo Currículo Nacional para la Educación Básica fue aprobado en junio de 2016 y se implementa gradualmente a partir de enero de 2017. Como expresión del derecho a una educación de calidad, pretende una educación integral de los estudiantes que le brinde las herramientas necesarias para ejercer sus derechos y deberes, le permite responder a las diversas demandas de nuestro tiempo, como el desarrollo sostenible, y una ciudadanía que reconoce todos los derechos humanos para vivir en una comunidad inclusiva y no discriminatoria basada en valores democráticos. “(El currículo) permite unificar criterios y establecer una ruta hacia resultados comunes que respeten nuestra diversidad social, cultural, biológica y geográfica.”
El enfoque de derechos humanos se puede encontrar fácilmente a lo largo de todo el currículo, como podemos leer en la narrativa de dos de los rasgos del perfil de una/un estudiante al final de sus estudios, “Asumen la interculturalidad, la equidad de género y la inclusión como formas de convivencia para un enriquecimiento y aprendizaje mutuo”. “El estudiante comprende la trascendencia que tiene la dimensión espiritual y religiosa en la vida moral, cultural y social de las personas. Esto le permite reflexionar sobre el sentido de su vida, el compromiso ético y existencial en la construcción de un mundo más justo, solidario y fraterno”.
A pesar de estos contenidos del currículo, es la equidad de género lo que molesta a los grupos conservadores como Padres en Acción. Argumentan que no es un enfoque sino una “ideología de género” lo que está presente en el currículo y va en contra de los valores familiares. Sostienen fielmente esa posición y han encontrado eco en la Corte. En mayo pasado, la Primera Sala de la Corte Suprema no pidió a las instituciones especializadas en derechos humanos y educación (Ministerio de la Mujer, Defensoría del Pueblo, UNESCO) que asistieran a una audiencia, sino que convocó a una nueva asociación de padres para presentar los mismos argumentos del grupo que demandó a la Ministerio de Educación.
Las organizaciones de sociedad civil respaldan el currículo y destacan que el enfoque de equidad de género está contribuyendo progresivamente a erradicar las prácticas discriminatorias que violan los derechos de las mujeres y las personas LGBTI. Su defensa es una condición legal, ética y esencial para consolidar la democracia y la justicia en nuestra sociedad. La alta tasa de embarazo adolescente, de violaciones sexuales, de los feminicidios y la discriminación persistente contra las niñas y las mujeres exigen cambios urgentes en la educación de nuestra sociedad, comenzando en la escuela.
La equidad de género está presente en la Ley General de Educación (2003); se reconoce como principio en la Ley de Igualdad de Oportunidades (2007), el Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021 y el Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017. Además, el Estado peruano se ha comprometido con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) adoptados por las Naciones Unidas en 2015. El ODS4 tiene como objetivo lograr una educación de calidad, inclusiva y equitativa; el ODS5 tiene como objetivo lograr la igualdad de género y el empoderamiento de mujeres y niñas.
El nuevo currículo es un instrumento fundamental para generar un cambio estructural, dar a los niños y niñas y a las nuevas generaciones un futuro con mejores condiciones, mayor bienestar y herramientas para protegerse contra el abuso, la impunidad y la violencia de género en sus diferentes expresiones.
Por todas estas razones, las autoridades peruanas no pueden permitir que se refuerce la discriminación o se viole el derecho a una educación de calidad dirigida a prevenir la violencia, ya que violaría la Convención contra la Violencia contra las Mujeres (CEDAW), la Convención para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará) y la Convención de los Derechos del Niño. Todos estos instrumentos jurídicos internacionales tienen rango constitucional en nuestro país. El Ministerio de Educación y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tienen la oportunidad de apelar a la Corte, ya que la demanda contra ellos está violando derechos constitucionales.
Las organizaciones de la sociedad civil instan a las autoridades a que rechacen las campañas discriminatorias para evitar retrocesos en la lucha contra la discriminación; al mismo tiempo, solicitan que se fortalezca y dé prioridad al enfoque de equidad de género en las políticas públicas, entre ellas, las políticas educativas, como el currículo. Así se reafirmará el compromiso del Estado de promover una verdadera sociedad democrática e igualitaria.
*Por Madeleine Zúñiga, coordinadora de la Campaña Peruana por el Derecho a la Educación (CPDE), que forma parte en la Plataforma por el Derecho a la Educación y la Igualdad