Apuntes clave hacia la Cumbre del Futuro

La Cumbre del Futuro está prevista para realizarse el 22 y 23 de septiembre de 2024 en Nueva York, donde queda la sede de la ONU. Es un evento de alto nivel que reúne a las autoridades de los países para debatir sobre la cooperación mundial con una proyección de futuro, procurando acuerdos sobre objetivos comunes, estrategias para enfrentar las amenazas y oportunidades actuales que se verán reflejados en el Pacto para el Futuro, que incluirá un Pacto Digital Global y una Declaración sobre las Generaciones Futuras como anexos.

El Pacto del Futuro es el documento orientado a la acción y que suscribirán los Estados como parte de los compromisos derivados de la Cumbre. 

Aportes sobre el derecho humano a la educación en el Pacto para el futuro

La CLADE ha estado comprometida desde el inicio con el proceso hacia esta Cumbre, tanto desde el Comité Regional 2030, como desde el rol de representante del Grupo de Coordinación de la Consulta Colectiva de ONG (CCNGO) en el Comité de Alto Nivel ODS 4 – 2030, dentro del denominado Sherpa Group, espacio técnico de apoyo al nivel político del comité.

En ese camino, CLADE ha participado activamente en los espacios de consulta, tanto con el envío de modificaciones concretas en el texto del Pacto del Futuro, que será el texto final de la Cumbre, como en las intervenciones de las tres consultas virtuales realizadas durante los últimos meses.

En las primeras rondas de consulta, referidas a la primera versión del Pacto y en alianza con los espacios arriba mencionados, entre otros, generados en la Conferencia de Sociedad Civil en Nairobi, logramos que el documento integre los siguientes textos, ratificados en la segunda versión del documento de la siguiente manera: 

  • Acción 6, numeral b:

Erradicar la pobreza y reducir las desigualdades promoviendo la cobertura sanitaria universal, aumentando el acceso a una educación inclusiva y de calidad y al aprendizaje a lo largo de la vida, incluyendo en situaciones de emergencia, y mejorando las oportunidades de trabajo decente para todas y todos.

  • Acción 30, numeral c: 

Fomentar la movilidad y la circulación del talento, incluso mediante programas educativos, y apoyar a los países en desarrollo para que retengan el talento y eviten la fuga de cerebros, proporcionando al mismo tiempo condiciones y oportunidades educativas y laborales adecuadas para la mano de obra.

  • Acción 31, numeral a: 

Garantizar que la ciencia, la tecnología y la innovación contribuyan a nuestros esfuerzos por erradicar la pobreza en todas sus formas y dimensiones y el hambre, y por reducir las desigualdades, además en áreas como la seguridad alimentaria y la nutrición, la salud, la educación, la protección social, el agua y el saneamiento, la energía, el clima y el ambiente.

  • Acción 34, numeral a: 

Abordar los obstáculos que impiden el acceso pleno, equitativo y significativo de todas las mujeres y las niñas a la ciencia, la tecnología y la innovación, así como su participación y liderazgo, entre otras cosas mejorando las oportunidades de educación, empleo e investigación para las mujeres y las niñas en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la innovación, las matemáticas y la ingeniería.

Si bien la segunda versión del Pacto del Futuro no recoge todas las sugerencias hechas para una fuerte integración del derecho humano a la educación, en el documento se destacan los derechos humanos como clave de todos los compromisos. 

La incidencia por la educación en la agenda del futuro

Por otra parte, en la consulta virtual y electrónica sobre la segunda versión, la CLADE y su membresía hizo notar la preocupación sobre los conceptos de servicios sociales, en lugar de servicios públicos, así como de la ausencia de compromisos explícitos con las poblaciones adultas, y especial alerta sobre cuestiones específicas vinculadas al desarrollo tecnológico y a la corporativización (prioridades de los enfoques desde las corporaciones). 

Los aportes realizados se resumen en:

  • Cuando el apartado 60, por ejemplo, habla de servicios que garantizan derechos, se mencionan como servicios sociales. Sin embargo, la definición que corresponde a salud, educación, agua, vivienda, etc., es la de servicios públicos o, en todo caso, servicios sociales públicos. El carácter público vincula directamente a los Estados como responsables y garantes de estos servicios.
  • Dichos servicios públicos deben ser gratuitos. En el caso de la educación, asegurar la gratuidad para todas y todos resulta un factor central para fortalecer los sistemas educativos públicos y garantizar el acceso universal.
  • En tercer lugar, estas garantías y servicios deben cubrir a toda la población y no sólo a las infancias y juventudes. Si las personas adultas no cuentan también con la garantía de estos servicios, no podrán participar corresponsablemente en la protección de los derechos y servicios públicos para las infancias y las juventudes. No considerar explícitamente a las personas adultas es, en cierto modo, excluirlas. 

Sobre la digitalización y la tecnología, destacamos que: 

  • El Pacto para el Futuro debe exigir la promulgación de leyes que impongan a las empresas transnacionales el deber vinculante de proteger los derechos humanos en la totalidad de sus cadenas de valor, incluidas las operaciones empresariales virtualizadas. 
  • El Pacto debe reconocer explícitamente los vínculos entre la transformación digital en curso y el agravamiento de la crisis climática, para garantizar que nuestras estrategias de adaptación y mitigación son adecuadas para lograr una transición digital sostenible.

La sociedad civil se encuentra a la espera de la tercera versión del documento del Pacto del futuro, sin embargo, se presume que no existirán nuevas consultas en virtud de la cercanía de las fechas de la cumbre prevista para fines de septiembre.  

 

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