Bajo el marco de la Revista de Financiamiento de Educación (FINEDUCA) este artículo muestra cómo los procesos de desfinanciación estructural de la canasta educativa colombiana y la asignación por estudiante como una modalidad del subsidio a la demanda, han constituido factores determinantes para la incorporación de lógicas de privatización en la provisión de la Educación Preescolar, Básica y Media (EPBM) colombiana.
El régimen de corresponsabilidad para la financiación de la EPBM pública en Colombia, implica aportes de recursos tanto del nivel nacional de gobierno, como del nivel subnacional, donde los principales fondos son recaudados a nivel nacional a través de las bases tributarias más importantes, que siguen perteneciendo a la Nación y, luego, son devueltos a municipios y departamentos a través de un esquema de transferencias territoriales. En 1993 se estableció la Ley 60, que reguló este mandato estableciendo los criterios para la distribución de las transferencias permitiendo durante los siguientes años, una ampliación progresiva de los fondos asignados a los sectores descentralizados que, para el caso de la educación pública, garantizó la entrega efectiva de la administración de las instituciones educativas a los departamentos y a un conjunto de municipios que surtieron un proceso de cumplimiento de requisitos ante las entidades nacionales.
No obstante, la crisis económica de 1999 y la ortodoxa gestión económica que le siguió, puso en cuestión estos avances y, afectó la disponibilidad de fondos para la educación pública. Frente a este contexto de crisis, el gobierno colombiano acudió al Fondo Monetario Internacional para pedir un crédito que le garantizara recursos de salvamento al país en caso de descalce en los pagos de deuda externa tanto pública como privada. En este caso, se estableció un acuerdo que radicaba en recortar el ritmo de crecimiento de las transferencias territoriales. Para el sector educativo, la caída de participación de las transferencias significó la sustracción de cerca de 50 mil millones de dólares entre 2002 y 2017 frente al acuerdo constitucional establecido originalmente, recursos que junto con los que dejaron de percibir los otros sectores descentralizados (salud pública, agua potable, saneamiento básico, entre otros), fueron absorbidos por el nivel central de gobierno y, utilizados en otro tipo de competencias diferentes a los servicios sociales descentralizados.
Junto a este proceso de desaceleración de la inversión en EPBM, Colombia también realizó cambios regulatorios importantes en los mecanismos y criterios de su asignación a las entidades territoriales. En este sentido, la Ley 715 de 2001 introdujo la asignación por estudiante como principal criterio de distribución. Básicamente, este consistió en la asignación de las transferencias territoriales sobre la base de un monto por estudiante efectivamente incorporado a las aulas. Esto dejó atrás el mecanismo de asignación de acuerdo con presupuestos de oferta y cubrimiento de la nómina. La asignación por estudiante implica que la mayor parte de los recursos se distribuyen de acuerdo con la demanda educativa, favoreciendo a aquellas entidades territoriales con mayor capacidad de incorporar población a las aulas. Si bien, esta modificación se introdujo con la justificación de privilegiar el aumento en la cobertura educativa e incentivar su ampliación, sufrió un conjunto de problemáticas que terminaron por generar nuevas desigualdades educativas y graves exclusiones, además de señales favorables a la expansión de modalidades de privatización.
El mecanismo de asignación por estudiante favoreció aquellas localidades donde se concentra la población en edad escolar, puesto que privilegia las economías de escala generadas por la aglomeración y, termina discriminando negativamente aquellos lugares donde la dispersión poblacional es mayor. Como tal, la asignación por estudiante resulta poco ventajosa para las zonas rurales dispersas, puesto que no logran reunir la cantidad necesaria de estudiantes para acceder a recursos suficientes que garanticen la construcción y funcionamiento de las escuelas en estos territorios. Son precisamente las poblaciones indígenas, afrodescendientes y campesinas, históricamente discriminadas en el acceso a la educación, las que, al habitar en este tipo de territorios, terminan peor situadas frente a la nueva manera de asignar los recursos.
Dados estos cambios, dos modalidades de provisión privada fueron introducidas con mayor vigor, financiadas con recursos públicos. Por un lado, 1) los convenios de contratación de cobertura, consistentes en la compra de cupos a colegios privados de bajo costo en zonas urbanas y, por otro lado, 2) la concesión de nuevas infraestructuras educativas públicas a organizaciones privadas sin ánimo de lucro. Ambas modalidades vieron un crecimiento importante de su cobertura y de la cantidad de recursos dirigidos.
Estas problemáticas asociadas a la introducción del subsidio a la demanda, vinculadas a incentivos pro-aglomeración de estudiantes para disminuir los costos educativos, a una asignación por estudiante estructuralmente desfinanciada y, a la ausencia de recursos para la construcción y adecuación de infraestructura, estuvieron a la base de la rápida expansión de mecanismos de privatización de la oferta educativa pública en Colombia. A pesar de los incentivos importantes para el aumento de la matrícula pública en las zonas urbanas de mayor aglomeración, las grandes entidades territoriales optaron por contratar cupos escolares con colegios privados de bajo costo, en vez de construir infraestructura pública adecuada.
Si deseas leer más a profundidad las medidas de desfinanciación educativa en el contexto Colombiano, que han propiciado la proliferación de la privatización, puedes acceder al artículo aquí: Financiación de la Educación en Colombia y Lógicas de Privatización en el Ciclo Obligatorio: del subsidio a la demanda a los ‘nuevos modos de gestión’.